Deacuerdo con la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, para el ejercicio de las actividades del transporte por carretera de Mercancías o de Viajeros, es necesario acreditar el cumplimiento del requisito de la Competencia Profesional, correspondiendo a la Comunidad Autónoma de Andalucía la
2004-2021. El Consejo de Ministros, en su reunión de hoy, ha aprobado, a iniciativa del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), el Real Decreto que regula las condiciones para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de los conductores de vehículos de transporte de viajeros y mercancías por carretera.
Nose exigirá la realización de los cursos y exámenes previstos para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial regulado en este real decreto a quienes hayan obtenido el título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera, establecido por el Real
Resoluciónde 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se define el protocolo y el formato para el envío de datos desde la señal V16 al Punto de Acceso Nacional, en el ámbito de la Directiva 2010/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010, por la que se establece el marco para la implantación
Comunidadde Madrid, cuyas competencias ejerce el CRTM. El Plan de Modernización de los Servicios de Transporte Regular Permanente de Viajeros de Uso General por Carretera en la Comunidad de Madrid parte de la premisa de que la calidad del servicio es un factor fundamental en la promoción del transporte
Notas Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de
3-. El título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera permite el acceso a cualquiera de las modalidades de Bachillerato, de
OrdenECD/75/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera. (“BOE” 31-I-2013). o PDF (BOE-A-2013-957 - 42 págs. - 709 KB) o. Otros formatos
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